Quiénes Somos

LA ASOCIACIÓN

La Asociación Panameña de Gastroenterología y Endoscopía Digestiva (APGED)

es una asociación médico científico-académica, que agrupa a los médicos especialistas en gastroenterología del país y que dirige sus esfuerzos en mejorar y actualizar los conocimientos y habilidades de estos, para beneficios a priori de la sociedad en general.

Más de 65 médicos gastroenterólogos son miembros activos de esa asociación.

54 años creando historia

Los gastroenterólogos: Dina de Lozano, Juan Luis Correa, Ricardo Mariacq, Héctor Manfredo, Rafael Pérez Ferrari y Rafael Sabonge Aparicio fundan la Sociedad Panameña de Gastroenterología, el 6 de agosto de 1969. La Junta Directiva Fundadora (1969-1971) estuvo integrada por: Dr. Rafael Sabonge Aparicio, como presidente; Dr. Héctor Manfredo, como secretario; Dr. Rafael Pérez Ferrari, como tesorero.

Breve reseña histórica de la Sociedad panameña de Gastroenterología (1969-2001) hoy Asociación Panameña de Gastroenterología y Endoscopia Digestiva

Los gastroenterólogos: Dina de Lozano, Juan Luis Correa, Ricardo Mariacq, Héctor Manfredo, Rafael Pérez Ferrari y Rafael Sabonge Aparicio fundan la Sociedad Panameña de Gastroenterología, el 6 de agosto de 1969. La Junta Directiva Fundadora (1969-1971) estuvo integrada por: Dr. Rafael Sabonge Aparicio, como presidente; Dr. Héctor Manfredo, como secretario; Dr. Rafael Pérez Ferrari, como tesorero.

La primera tarea realizada por la recién fundada sociedad fue la Organización del V Congreso Centroamericano de Gastroenterología, celebrado en la ciudad de Panamá en 1971; y la actividad Pre-Congreso, que fue un curso dictado por la Sociedad Bockus Internacional.

En 1979, se realizó en Panamá la VII Jornada Centroamericana de Gastroenterología, organizada por el Dr. Roberto Sierra López (Presidente 1979-1981).

En 1985, la Sociedad Panameña de Gastroenterología, celebró en Panamá, el II Congreso Panameño de Gastroenterología y el XI Congreso Centroamericano de Gastroenterología (Dr. Rafael Sabonge, Presidente 1984-1986).

En el año 2000, bajo la presidencia del Dr. José Rogelio Méndez (1998-2000), la Asociación Panameña de Gastroenterología celebró en Panamá el III Congreso Panameño de Gastroenterología de Centroamérica y Panamá.

Bajo la Presidencia del Dr. Anibal Arce (2000- 2002), luego el doctor Luis Lambraño (2002-2004) y ahora el doctor Lucas De León (2004-2006), la Educación Continua ha proseguido, y ahora, además, con la modalidad de la realización de Seminarios Sabatinos en el interior del país, y en la capital.

Panamá ha estado representada por la sociedad en los sucesivos Congresos Centroamericanos de Gastroenterología, celebrados cada dos años, en los diferentes países centroamericanos hermanos de Costa Rica, Nicaragua, El Salvador, Honduras, Guatemala, desde 1973 hasta la fecha actual.

Desde su inicio, los gastroenterólogos panameños que hoy suman 63 (57 gastroenterólogos de adultos y 6 Gastroenterólogos pediatras) se han reunido regular y periódicamente y presentado trabajo, dentro de la Sociedad, en las Jornadas y Congresos Médicos de Panamá y en el extranjero; los cuales han sido publicados en la Revista Médica del Seguro Social, en la Revista Médica de Panamá, en la Revista de la Asociación de Estudiantes de Medicina de Panamá y en la Revista Centroamericana de Gastroenterología y Endoscopia Digestiva.

Las Juntas Directivas se renuevan cada dos años, en el mes de agosto. La asociación se ha esmerado en fomentar el espíritu de hermandad y profesionalismo de los asociados.

La Asociación Panameña de Gastroenterología desde 1971, ha estado en estrecho contacto con la Asociación Centroamericana de Gastroenterología, participando Panamá con su vocal de cada Directiva Centroamericana, y desde la instalación de la Revista Centroamericana de Gastroenterología y Endoscopia Digestiva (Órgano Oficial de la Asociación Centro Americana de Gastroenterología), Panamá ha participado con dos miembros en el Consejo Editorial de la Revista.

En 2023, se abrió a nivel estatal/MINSA -en el Hospital Santo Tomás y por primera vez una plaza de residencia para la subespecialidad de gastroenterología con una candidata. El programa de residencias en la subespecialidad de gastroenterología inició en los años noventa en CSS/CHDrAAM. El Hospital Santo Tomás se convertiría entonces en la segunda entidad de salud que forma gastroenterólogos en la República de Panamá.

Estatutos

Capítulo I: DEL NOMBRE Y FINALIDADES DE LA ASOCIACIÓN

La Asociación Panameña de Gastroenterología y Endoscopia Digestiva (APGED) es una entidad profesional con fines científicos, gremiales, educativos, comunitarios, económicos, éticos y sociales. Tiene su sede en la Ciudad de Panamá y su logo oficial.

 

  1. Reunir a los médicos especializados en esta rama de la medicina, así como a los profesionales que se dediquen, de manera preferente o exclusiva, a laborar en Gastroenterología.
  2. Colaborar, con las autoridades pertinentes, para regular el ejercicio de la especialidad. Velar por todos los medios lícitos, para que no se intente ejercer ilegalmente, la Gastroenterología.
  3. Vigilar y sancionar la conducta profesional de los médicos, de conformidad con lo previsto en nuestros estatutos, en nuestro código de ética y en nuestros reglamentos.
  4. Proteger la libertad del ejercicio profesional. Defender el carácter liberal de la especialidad y luchar para que los honorarios que presentamos, por servicios profesionales dispensados, sean justos y estén acordes con la calidad de la prestación.
  5. Fomentar el estudio de la Gastroenterología.
  6. Promover, con otros países, el intercambio de estudios y de actividades de la especialidad.
  7. Formar parte de otras asociaciones nacionales como internacionales, cuyos ingreso y permanencia sean aprobados por la Asamblea General de nuestra Asociación.
  8. Colaborar con las Universidades y las Facultades de Ciencias Médicas, en asuntos relacionados con la especialidad.
  9. Promover estudios relacionados con la Gastroenterología y con materias afines.
  10. Resolver las consultas relacionadas con la especialidad.
  11. Crear, dentro de la Asociación, las secciones y /o comisiones que sean necesarias, de acuerdo a los avances de las Ciencias de la Salud en general y de la Gastroenterología en particular.
  12. Estimular y propulsar la superación profesional y cultural de los asociados; enaltecer la especialidad y procurar que los miembros cumplan la función social que se espera de ellos.
  13. Participar en estudios y soluciones de problemas públicos y particulares, relacionados con la Gastroenterología.
  14. Regular el ejercicio de actividades técnicas y de oficios auxiliares de la especialidad.
  15. Cualesquiera otras actividades lícitas, en beneficio de la Gastroenterología y de la colectividad en general.

El período administrativo de la Junta Directiva de la Asociación, será de dos (2) años.

Capítulo II: DE LOS ASOCIADOS

Art.4 Los asociados son las personas que integran la Asociación. Además de llenar los requisitos para adquirir tal condición, cumplirán con todo lo señalado en estos Estatutos. Tienen deberes, derechos, obligaciones y prohibiciones. La Asociación contará con cinco (5) clases de asociados:

  1. Fundadores: son los asociados que firmaron en la ciudad de Panamá, el Acta de Constitución de la Asociación, el día 6 de agosto de 1969. Luego de arribar a la edad de 65 años, serán postulados para ser declarados Asociados Honorarios y conservarán todos los derechos señalados para los Activos. Estarán exentos del pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias.
  2. Activos: son asociados activos, aquellos que soliciten formalmente su ingreso a la Asociación. Deben llenar los siguientes requisitos:
  3. Ser médico gastroenterólogo idóneo. Tal idoneidad se logrará luego de ser reconocido como médico especialista en medicina interna (tres años mínimo) y en gastroenterología (tres años mínimo), tanto por nuestra Asociación como por el Consejo Técnico de Salud del Ministerio de Salud de Panamá. ( Este requisito entró en vigencia a partir del 1 de enero del 2002).
  4. Ser propuesto y patrocinado por un asociado.
  5. Tener, reconocida moralidad profesional.
  6. Acreditar su dedicación especial a la gastroenterología, la cual se juzgará, tomando en cuenta los siguientes criterios:
  7. a) Cursos de especialización.
  8. b) Actividad profesional en la especialidad,
  9. c) Trabajos científicos presentados.
  10. d) Afiliación hospitalaria.
  11. e) Actividades docentes.
  12. Pagar la suma de veinte balboas (B/.20.00), por concepto de inscripción y diploma.
  13. Ser aceptado cuando obtenga el voto mayoritario de la mitad más uno, de los miembros activos, presentes en una reunión de la Asociación.
  14. Presentar un trabajo científico relacionado con la especialidad, ante los miembros de la Asociación, en fecha que será señalada por el Presidente de la misma.
  15. Pasivos: son aquellos que pierden temporalmente el carácter de asociado activo. Los detalles, se especifican en el artículo 6 de estos Estatutos.
  16. Adjuntos: son aquellos que, a pesar de no dedicarse especialmente a la Gastroenterología, han demostrado indiscutible interés en la especialidad y franco dominio de la misma, tanto en su ejercicio profesional, así como en los trabajos científicos que han realizado. Además de presentar la solicitud formal, deben cumplir con los requisitos señalados en el Artículo 4, numerales 1, 2, 4, 6 y 7 de estos Estatutos.
  17. Honorarios: son asociados honorarios aquellos Gastroenterólogos distinguidos, nacional y/o internacionalmente, cuya labor haya impulsado esta disciplina, a quienes la Asociación apruebe conferir tal honor.
  18. Eméritos: Los socios activos, al llegar a la edad de 65 años, serán declarados Asociados Honorarios y conservarán todos los derechos señalados para los Activos. Estarán exentos del pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias 

Art.5 Derechos y Deberes de todos los Asociados. 

DERECHOS

Asociados Activos:

  1. Practicar el ejercicio de la Gastroenterología en cualesquiera de sus ramas: clínica, endoscópica, quirúrgica, radiológica e imagenológica, docente, investigativa y laboratorial.
  2. Ser postulado para cualesquiera cargos de elección en la Asociación.
  3. Patrocinar y postular el ingreso de nuevos asociados.
  4. Ser designado y nombrado por la Junta Directiva. Para representar a la Asociación en Congresos (y Cursos) Médicos Nacionales e Internacionales o en reuniones e instituciones relacionadas con la especialidad.
  5. Solicitar a la Junta Directiva, que convoque la realización de sesiones administrativas, con el propósito de hacer proposiciones que redunden en beneficio de la Asociación. Esta petición será atendida cuando sea hecha, por lo menos por tres (3) asociados activos.
  6. Participar en las reuniones y en las Asambleas de la Asociación, con derechos a voz y voto.

Asociados Pasivos y Adjuntos:

Los mismos señalados para los Activos, en los Acápites (A) y (F). Respecto a (F) tendrán, solamente, derecho a voz.

DEBERES
  1. Cumplir con todo lo señalado en estos Estatutos.
  2. Contribuir a sufragar los gastos de la Asociación, pagando una cuota ordinaria anual de cincuenta balboas (B/. 50.00) solamente. Así mismo, deberán cancelar, oportunamente, las cuotas extraordinarias que señale la Junta Directiva.
  3. Desempeñarse acuciosamente, en las comisiones en las cuales de les nombre. Dar cuenta al Presidente de la Asociación, de sus desempeños.
  4. Conservar e incrementar las características éticas, humanistas y profesionales, que sirvieron de base para el ingreso a la Asociación.

Pérdida del Carácter de Asociado

Un asociado puede ser retirado, en formas temporal o definitiva, del registro de la Asociación Panameña de Gastroenterología, por una o más de las siguientes razones:

  1. Por negarse a cancelar las cuotas ordinarias anuales y las extraordinarias, que fije la Junta Directiva.
  2. Por no asistir, sin causa o excusa justificables, por lo menos al 25% de las reuniones anuales convocadas por la Junta Directiva.
  3. Por no cumplir, sin excusas justificables, las comisiones que le sean encomendadas.

Parágrafo:

La Junta Directiva está obligada a presentar, en su última sesión anual de negocios el periodo Administrativo, los casos de los Asociados que hayan faltado al cumplimiento de sus deberes. La decisión de la Asamblea de cada uno de esos casos se tomará por mayoría de votos directos y secretos, de los asociados asistentes. El tiempo durante el cual se decretará el carácter de asociado pasivo a quien no haya cumplido con sus deberes, será decidido por la Junta Directiva, una vez que el miembro señalado haya formalizado ante ella, la promesa formal de cumplir con sus deberes. El asociado que aparezca como reincidente durante tres (3) periodos consecutivos, en cualesquiera de las faltas anteriores, perderá automáticamente su derecho a continuar siendo miembro de la Asociación.

Junta Directiva 2023-2024

Junta Directiva

Ex Presidentes